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Foto del escritorRicardo Padilla

Se pospone el complemento de carta porte

Actualizado: 10 mar 2022

Si, lo has leído bien, se pospone hasta septiembre de 2022.



El tío SAT decidió posponer este complemento, pero en cuestión de "emitirlo correctamente" pero mucho ojo, por ningún motivo debes de dejar de emitirlo. Emítelo como dios te dio a entender, pero emítelo.


Ahora, ¿Qué es lo que realmente nos están diciendo?; que todos aquellos contribuyentes que están emitiendo el complemento, se "van a entender" que están cumpliendo con las reglas del juego hasta el 30 de septiembre de 2022, aunque no llenes todos los datos que tiene que llevar el complemento de carta porte.


Entonces, como te lo platique anteriormente, es importante que recuerdes que estas modificaciones o plazo, no te está dando más tiempo para que emitas el complemento de carta porte, sino que, de momento, no vas a tener sanciones por emitirlo de forma incorrecta, hasta el 30 de septiembre de este año.


Entonces... es posible que vuelvan haber cambios, es decir, ¿más o menos campos a llenar?

A ciencia cierta, no hay comunicados donde menciones cambios en la estructura de CFDI con su complemento, sin embargo, no descartamos la posibilidad de que vallan haber modificaciones.


¿Existe algún fundamento lega?

Sin duda, en la página del tío SAT, aquí puedes leer más


Lo bueno y malo

Realmente no hay mucho que decir sobre tema, la parte buena es que en realidad las reglas del juego no están muy claras del todo y esto nos podrá dar más tiempo para que la autoridad aclara todas las áreas grises como por ejemplo: las empresas que exportan mercancía al extranjero, deben emitir su complemento de comercio exterior y luego emitir su complemento de carta porte, donde podrán el UUIDD del complemento de comercio exterior que previamente emitimos, entonces… ¿No sería más fácil relacionar los CFDIs?, o mejor aún ¿emitir un solo CFDI con estos dos complementos?


Lo malo es que probablemente vamos a seguir con la incertidumbre en el llenado correcto del CFDI y habrá que esperar a que el tío SAT aclare estos puntos.


Aquí te dejamos una entrevista de la presidenta nacional de IMCP (instituto Mexicano de Contadores Públicos) Que habla un poco de los percances colaterales por no emitir el complemento de carta porte.




¿Conclusiones?

Si aún no emites el complemento de carta porte, te recomiendo que contactes a tu proveedor de facturación lo antes posible, ya que la obligación de emitirlo está vigente desde el 01 de enero de 2022.

Imagínate que te cae una revisión y el tío SAT ve que no lo estás emitiendo, rézale a quien le creas porque no te vas a salvar.


Y claro, si tienes más dudas, siempre podemos hablar


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