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La nueva forma de cancelar facturas: versión 4.0

Actualizado: 15 jul 2022

Sé que de este tema vas a pensar que ya habíamos platicado de él, pero solo dimos datos generales sobre los cambios en la cancelación, aquí te diremos como tienes que cancelar la facturas a partir de la versión 4.0


La facturación y sustitución de facturas para la versión 4.0

Sé que la versión 4.0 ya está igual o mejor que el cuento del lobo y los tres cochinitos, pero bueno que le decimos al tío SAT.


Como bien sabes, dentro de todos los cambios que hicieron en la facturación, ahora también cambiaron el proceso de cancelación y tiene una gran peculiaridad, que; la facturas solamente podrán ser canceladas en el mismo ejercicio de su emisión.

¿En español?, que si timbraste la factura en 2022 solo podrás cancelarla en 2022 y así los años consecutivos.


Antes de entrar en tema, si no conoces todos los cambios de la facturación 4.0 aquí te dejo la reseña donde platico sobre esto




Guía de la reseña

 

Los tipos de cancelación según el tío SAT

Primero vamos conociendo porque razones ante el tío SAT podemos cancelar un CFDI:

  • El 01: este se aplicará solamente cuando el cliente quiere que le re-factures a otra razón social, cuando hay un error en la factura (claves, productos, importes, etc.) o bien quieren corregir algo porque no está cumpliendo con la lógica del tío SAT.

  • El 02: este será cuando emitas una factura y quieras corregir un error, pero esto se hace sobre el mismo cliente (RFC).

  • El 03: la mas fea, esta aplicará cuando la operación no se halla concretado, es decir, se te cayó la venta :( o aun mas feo, no pagaste la nómina.

  • El 04: operación nominativa relacionada en una factura global.

Suponiendo que te pasa el caso 01; vas a seleccionar la factura que salió con errores, es decir, la que se relacionó mal y deberás poner el UUID o folio fiscal que la sustituye.


Ahora una vez que ya conocemos los motivos ahora vamos a ver los tipos de cancelación.

 

Como realizar el proceso de cancelación de la factura "sin aceptación"

Para que tu factura sea cancelada en automático sin necesidad de que tu cliente necesite aceptarla, tendrá que ser bajo estos criterios:

Criterios de cancelación

  • Que tu factura no sea mayor a $1,000.00 pesos MXN

  • Que sea tipo nómina

  • Que sea una nota de crédito

  • Que sea dé tipo traslado

  • La factura fue emitida en el portal del SAT en "mis cuentas"

  • Que sea un CFDI de retención de pagos

  • Que sea emitida por la federación por concepto de "derechos, productos y aprovechamientos"

  • Que la factura haya sido timbrada para un contribuyente con el régimen de RIF

  • Que la solicitud sea antes de 24 horas después de haber timbrado la factura

  • Que se una factura para público en general

  • Que sea una CFDI por recibidos por pagos del extranjero

  • Que sea un CFDI emitidos por integrantes del sistema financiero

Si el tío SAT considera que cumples con uno o varios de los criterios; así sería el proceso de cancelación sin solicitud.

 

Como realizar el proceso de cancelación "aceptación"

Ahora suponiendo que el tío SAT considera que tu CFDI aplica el proceso con "aceptación", bueno básicamente es un proceso muy sencillo, aquí te dejamos el paso a paso de como seria:

Claro que durante el proceso existen estatus de tu solicitud; aquí te dejo los tipos de estatus que el proceso tiene:

Vigente

No cancelable

Cancelable sin aceptación

Cancelable con aceptación

En proceso

Solicitud en progreso

Cancelado

Recuerda que el tío SAT da un periodo de 72 horas (hábiles) para llevar a cabo el proceso, por lo que si lo haces el jueves, probablemente hasta el lunes de la próxima semana verás reflejado el cambio de estatus de tu CFDI.

 

Las preguntas frecuentas que le hicieron al tío SAT

Aquí te dejamos las preguntas y respuestas que se nos hicieron mas relevantes


01- Sí emití una factura o CFDI con la versión 3.3, al solicitar la cancelación ¿es necesario indicar motivo de cancelación o solo aplica para la versión 4.0?

A partir del 01 enero de 2022 será requerido señalar el motivo por el cual se cancela el comprobante. Esto aplica a todas las versiones del CFDI

02- ¿En qué casos se deberá seleccionar como motivo de cancelación la opción “01” comprobante emitido con errores con relación?

03- En qué casos se deberá seleccionar como motivo de cancelación la opción “02” comprobante emitido con errores sin relación?

04- ¿En qué casos se deberá seleccionar como motivo de cancelación la opción “03” no sé llevó a cabo la operación?

05-¿En qué casos se deberá seleccionar como motivo de cancelación la opción “04” operación nominativa relacionada en la factura global?

06- Emití una factura, pero mi cliente me pide cancelarla por errores en la descripción,

¿Cómo debo realizar la cancelación de dicho comprobante?

Emití una factura con error en el RFC de mi cliente, la cual aún no ha sido entregada

al mismo, ¿para cancelarla tendré que relacionarla primero a la factura que la sustituye?

De igual forma si te interesa ver todas las preguntas y respuestas, aquí te dejamos el documento oficial para que lo puedas descargar y echarle un vistazo.


Por último aquí te dejamos algunas recomendaciones

  1. Recuerda que las notas de crédito es para hacer correcciones o comprobar devoluciones, descuentos o bonificaciones

  2. La nota de crédito no es para sustituir la cancelación de un CFDI

  3. En el caso de que quieras corregir un CFDI. Primero se emitirá el CFDI con los datos correctos el cual vas a relacionar con la clave 04" (sustitución de CFDI previos) y añadirás el folio fiscal del CFDI que está mal. Luego, al momento de cancelar la factura seleccionar la clave "01" (comprobantes emitidos con errores de relación) donde deberás indicar el folio fiscal con el que se está sustituyendo.

  4. Recuerda que a partir del de 01 de enero de 2022 ya tienes que indicar el motivo de la cancelación, sea la versión del CFDI que sea.

Y como ya sabes, si algo de esta información te hizo sentido o bien no te hizo sentido, siempre puedes programar una llamada con nosotros.



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