Programa de Regularización Fiscal 2026: quién puede reducir multas y recargos y cómo funciona
Si tu empresa trae adeudos fiscales de 2024 o de años anteriores, hay una ventana abierta este año que conviene conocer antes de que cierre: el Programa de Regularización Fiscal 2026.
Se ha difundido con titulares del tipo "el SAT perdona impuestos", y eso genera expectativas equivocadas. El programa no borra el impuesto que dejaste de pagar. Lo que reduce, cuando se cumplen los requisitos, son las multas, los recargos y los gastos de ejecución. La diferencia entre una cosa y otra es grande, y de eso trata este artículo.
En este artículo va: qué reduce el programa, quién puede pedirlo, qué queda fuera y qué revisar antes de que cierre el plazo.

Lo importante en 60 segundos
Qué reduce Multas, recargos y gastos de ejecución. No el impuesto que ya se debía: ese se paga actualizado.
Quién puede pedirlo Personas físicas y morales con ingresos totales de 2024 de hasta $300 millones de pesos.
Qué adeudos entran Adeudos firmes del ejercicio 2024 y anteriores. Los de 2025 y 2026 quedan fuera.
Vigencia Del 1 de enero al 31 de octubre de 2026 para el trámite general; hasta el 31 de diciembre en casos de facultades de comprobación.
El plazo es corto El SAT responde en 15 días naturales y tienes otros 15 para pagar (o hasta 6 parcialidades).
Quién queda fuera Ingresos superiores a $300 millones, condonaciones previas, litigio en trámite, listados 69-B/69-B Bis o sentencia firme por delitos fiscales.
Si prefieres ir directo a lo que te interesa:
Qué es el Programa de Regularización Fiscal 2026 y en qué se basa
Es un estímulo fiscal que permite pagar adeudos fiscales firmes reduciendo hasta 100% del monto de las multas, los recargos y los gastos de ejecución, siempre que se pague la contribución actualizada y se cumplan las condiciones establecidas.
Aplica a adeudos controlados tanto por el SAT como por la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
El programa se apoya en el Artículo Vigésimo Segundo Transitorio de la Ley de Ingresos de la Federación para 2026 y se detalla en las reglas 9.2.1 a 9.2.13 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2026. El SAT publicó además un minisitio del programa y un documento de preguntas frecuentes con los detalles operativos.
¿Qué significa esto para tu empresa?
Antes de asumir que te aplica, confirma dos cosas con tu contador: que tus adeudos sean del ejercicio 2024 o anteriores, y que tus ingresos totales de 2024 no superen los $300 millones de pesos.
Quiénes pueden solicitarlo y qué adeudos entran
Personas físicas y personas morales, siempre que sus ingresos totales de 2024 no hayan excedido $300 millones de pesos. Ese es el filtro de entrada; si tu empresa lo rebasa, no aplica.
Adeudos fiscales firmes correspondientes al ejercicio 2024 y anteriores, ya sea que los hayas autodeterminado tú o que los haya determinado la autoridad. Los adeudos de 2025 y 2026 quedan fuera.
Qué se reduce exactamente: contribución, multas, recargos y gastos de ejecución
Esta distinción es la que evita malentendidos:
Concepto | ¿Se reduce? |
|---|---|
Contribución principal (el impuesto) | No — se paga actualizada |
Multas | Sí, hasta 100% |
Recargos | Sí, hasta 100% |
Gastos de ejecución | Sí, hasta 100% |
Dicho de otro modo: el estímulo puede quitarte la carga accesoria del adeudo, no el adeudo.
Presentada la solicitud, el SAT responde en un plazo de 15 días naturales y el pago debe hacerse dentro de los 15 días naturales siguientes a la recepción del formulario de pago. Existe la posibilidad de cubrirlo hasta en seis parcialidades, con la tasa de recargos por pago a plazos aplicable.
Si no pagas dentro del plazo, pierdes el beneficio.
¿Qué significa esto para tu empresa?
El margen es corto: 15 días para la respuesta del SAT y otros 15 para pagar. Conviene tener listos los acuses, montos y formularios antes de presentar la solicitud, no después.
Exclusiones relevantes
Ingresos totales de 2024 superiores a $300 millones de pesos.
Haber sido beneficiado por condonaciones de programas generalizados anteriores, como el decreto de mayo de 2019.
Haber sido beneficiado por el estímulo equivalente en 2025.
Contar con sentencia condenatoria firme por delitos fiscales.
Aparecer en los listados de los artículos 69-B y 69-B Bis del Código Fiscal de la Federación.
Tener medios de defensa en trámite sin haberse desistido de ellos.
El procedimiento según el tipo de adeudo
Adeudos que tú mismo determinas
Se presentan las declaraciones que correspondan, y en la sección de pago del servicio de Declaraciones y Pagos se selecciona la opción del estímulo de regularización fiscal, capturando el monto que corresponde.
Adeudos determinados por la autoridad
Se presenta la solicitud a través del Portal del SAT o en la Administración Desconcentrada de Servicios al Contribuyente, mediante escrito libre o el formato disponible. La autoridad responde y emite el formulario de pago.
Adeudos detectados en facultades de comprobación
Cuando el SAT está ejerciendo facultades de comprobación, el esquema contempla un plazo más amplio, condicionado a subsanar las irregularidades antes de que se emita la resolución.
Si tienes varios adeudos con orígenes distintos, ordenar cuál corresponde a cada esquema es el primer paso. Si quieres que revisemos contigo cómo está organizada esa información, habla con nuestro equipo.
Fechas que conviene tener presentes
De acuerdo con la información publicada por el SAT, el programa opera del 1 de enero al 31 de octubre de 2026 para el trámite general, y hasta el 31 de diciembre de 2026 en los supuestos vinculados a facultades de comprobación y a la presentación de declaraciones.
Confirma las fechas aplicables a tu caso directamente en el minisitio del SAT antes de iniciar, porque el calendario depende del tipo de adeudo.
Qué hacer si el estímulo no aparece en Declaraciones y Pagos
Es una de las dudas más frecuentes. Según las preguntas frecuentes del SAT, si la opción del estímulo no se muestra:
Presenta una aclaración desde Mi Portal, seleccionando el trámite correspondiente al estímulo fiscal de la Ley de Ingresos en Declaraciones y Pagos.
Adjunta la evidencia en PDF con los datos completos del adeudo.
Espera el plazo indicado por la autoridad después del pago.
Presenta la declaración complementaria que corresponda.
Guarda acuses y capturas de pantalla de cada paso. Si más adelante hay que aclarar algo, esa evidencia es lo que te va a sostener.
Dos ejemplos hipotéticos
Los siguientes casos son ejemplos ilustrativos, no cálculos reales ni una promesa de resultado. Cada situación depende de la determinación concreta del adeudo.
Ejemplo 1 Una persona moral con ingresos de 40 millones en 2024 tiene un adeudo firme de ISR del ejercicio 2023, con multa y recargos acumulados. Si cumple todos los requisitos y paga en el plazo, pagaría la contribución actualizada y podría obtener la reducción de la multa y los recargos.
Ejemplo 2 Una persona física con ingresos de 2 millones en 2024 tiene declaraciones omitidas de 2022. Presenta las declaraciones, selecciona el estímulo en el servicio de pago y cubre la contribución actualizada; la carga accesoria es la que se reduce.
Checklist para ordenar tu información antes de solicitar
Confirma tus ingresos totales de 2024 y que no rebasan el umbral de $300 millones.
Revisa si tienes sentencia firme por delitos fiscales o si apareces en los listados 69-B o 69-B Bis.
Verifica si recibiste beneficios de programas de condonación anteriores.
Identifica cada adeudo: ejercicio, contribución, multa, recargos y gastos de ejecución por separado.
Determina si el adeudo lo autodeterminaste tú o lo determinó la autoridad.
Si tienes un medio de defensa en trámite, define con tu abogado si conviene desistirse.
Reúne los acuses, formularios de pago y declaraciones que respalden cada paso.
Confirma el plazo aplicable a tu caso antes de solicitar.
Si parte de ese desorden incluye tu facturación o tus sellos digitales, esta guía te puede ayudar: Cómo renovar tus sellos digitales CSD en 2026.
Hacia dónde apunta todo esto
Este programa premia a quien llega con la información completa: ejercicios identificados, adeudos desglosados, declaraciones presentadas y acuses a la mano. Esa parte es trabajo administrativo, y es donde se pierde o se gana tiempo.
Nuestra recomendación es sencilla: ordena primero tus datos, y valida el caso concreto con tu contador o asesor fiscal antes de presentar la solicitud. La decisión de entrar al programa y el cálculo de cada adeudo son responsabilidad de quien conoce tu situación fiscal completa.
Si el problema de fondo es que esa información vive dispersa entre Excel, correos y papeles, ahí es donde entra ACOFI, la solución de Digiosoft para mantener ordenada la contabilidad y la información fiscal de tu empresa — no sustituye a tu contador, pero le da con qué trabajar rápido.
Preguntas frecuentes
¿El SAT condona los impuestos?
No. El programa reduce multas, recargos y gastos de ejecución. La contribución principal se paga actualizada.
¿Aplica a adeudos de 2025?
No. Está dirigido a adeudos del ejercicio 2024 y anteriores.
¿Todos obtienen 100% de reducción?
No es automático. El porcentaje llega hasta 100%, sujeto al cumplimiento de requisitos y al pago dentro de los plazos establecidos.
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¿Necesitas ayuda para ordenar tus adeudos antes de solicitar?
Este contenido es informativo y no sustituye asesoría fiscal o legal profesional. Confirma tu caso concreto con tu contador o abogado fiscal antes de tomar decisiones, y valida fechas y requisitos directamente en el minisitio del SAT, ya que pueden actualizarse.





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